Traspaso de propiedad
Cambio de propietario de maquinaria agrícola industrial y de construcción autopropulsada y traspaso de propiedad de remolques y semirremolques. Es el proceso para realizar la inscripción de la transferencia de la propiedad de un vehículo.
Tarifas del trámite
- Carro + (1% sobre avalúo como retefuente comercial):: $ 217.100
- Moto + Retefuente (1% sobre avalúo como retefuente comercial):: $ 123.700
Condiciones y requisitos
Estar inscrito en la plataforma del Registro Único Nacional de Tránsito RUNT, como persona natural o jurídica (tanto vendedor como comprador). Si el trámite lo realiza un tercero, este también deberá estar inscrito.
El vehículo debe estar matriculado en Bogotá y registrado en el Registro Único Nacional de Tránsito RUNT.
El SOAT debe estar vigente en el RUNT
Revisión Técnico Mecánica cuando aplique cargada en RUNT.
Tanto el comprador como el vendedor deben estar a paz y salvo en multas por infracciones de tránsito a nivel nacional.
Paz y salvo de impuesto sobre el vehículo el cual se validará en la página de la Secretaría de Hacienda. Se sugiere aportar el comprobante de pago en físico para agilizar la validación.
En el caso de persona jurídica, se verifica el Certificado de Existencia y Representación Legal en el sistema RUES.
Presentar
Cédula de ciudadanía o contraseña. Para nacionales mayores de edad. Para menores de edad, tarjeta de identidad o contraseña*. Para extranjeros mayores de edad: Cédula de extranjería, pasaporte vigente o Permiso por Protección Temporal - PPT.
Formulario de solicitud de trámite del Registro Nacional Automotor, debidamente diligenciado.
Contrato de compraventa, documento o declaración en la que conste la transferencia del derecho de dominio, celebrado con las exigencias de las normas civiles y/o mercantiles, adjuntando las improntas; o certificación expedida por el fabricante, ensamblador o importador del vehículo, donde se registren los guarismos de identificación como el número de motor, serie o chasis o VIN; o la imagen del código QR, según corresponda.
Improntas, adheridas en la parte final o al reverso del contrato de compraventa o documento o declaración en el conste la transferencia del derecho de dominio del vehículo. Si son de difícil acceso se recibe certificación expedida por la DIJIN.
Presentar el recibo de pago de la Retención en la Fuente.
Pago de la tarifa del trámite (en el banco autorizado, que se encuentra en los puntos de atención de la Ventanilla).
Si el propietario es persona jurídica se valida a través del RUES.
Poder especial expedido por documento privado, poder general expedido mediante escritura pública o contrato de mandato, otorgado por el propietario donde le confíe a un tercero, la gestión de realizar los trámites a que haya lugar.
Nota: La contraseña del documento se valida en la página de la Registraduría Nacional. Si el estado del documento está en trámite será aceptado. Pero, si el documento está disponible para ser entregado debe reclamarlo y volver con el documento original.
*Según la Circular N° 222 del 13 de diciembre de 2016, emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en la actualidad existen tres clases de comprobantes de documento en trámite: La Contraseña, el Comprobante de Documento en Trámite que físicamente expide la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Comprobante de Documento en Trámite con código de verificación QR vía web.
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Traspaso con continuidad de prenda
- Autorización otorgada por el beneficiario de la prenda para que el nuevo propietario continúe con la misma.
Adicional vehículo con limitación o gravamen a la propiedad
- Documento en el que conste el levantamiento o autorización otorgada por el beneficiario del gravamen o limitación, en el que acepta la continuación de este con el nuevo propietario.
Traspaso de vehículos por orden judicial o administrativa
Aportar sentencia judicial o acto administrativo donde se deberá adherir las improntas del vehículo, número del motor y del chasís, serie, VIN o número de identificación, certificación expedida por el fabricante, ensamblador o importador del vehículo o la imagen del código QR, donde se registren los guarismos de identificación como el número de motor, serie o chasis o VIN. Cuando el traspaso se realiza por decisión judicial, el organismo de tránsito exceptúa la validación de la identidad del propietario y registra los datos de la autoridad judicial que profirió la decisión judicial.
No se realizará validación de SOAT, Revisión Técnico-mecánica, Multas por infracciones de tránsito, Pago de impuestos y, el pago de la tarifa RUNT y los derechos del trámite de traspaso y de levantamiento de limitaciones o gravámenes prendarios cuando el trámite de traspaso sea realizado por la DIAN, Fiscalía General de la Nación, Sociedad de Activos Especiales o cualquier otra entidad pública, que en ejercicio de sus funciones realice enajenación temprana, extinción de dominio, decomiso, comiso, o cualquier otro acto administrativo a favor de la Nación.
Adicional vehículos producto de una decisión judicial o administrativa
Sentencia judicial o el acto administrativo de adjudicación donde según el caso deberán adherirse las improntas del número de motor, serie, chasis, VIN o número único de identificación, certificación expedida por el fabricante, ensamblador o importador del vehículo o la imagen del código QR, donde se registren los guarismos de identificación como el número de motor, serie o chasis o VIN. Cuando el traspaso se realiza por decisión judicial, el organismo de tránsito exceptúa la validación de la identidad del propietario y registra los datos de la autoridad judicial que profirió la decisión judicial.
Solicitud de traspaso por la DIAN o por la Fiscalía General de la Nación
Solicitud de la DIAN:
Si la solicitud está originada por el decomiso del vehículo realizado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, por la adjudicación a favor de la Nación de vehículos recibidos en procesos concursales o de aquellos en los que la ley así lo determine, además de los requisitos generales se deberá presentar:
Acto administrativo que ordene el decomiso o la providencia de adjudicación del vehículo a favor de la Nación - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN - para llevar a cabo el registro de dicha orden y actualizar el registro.
Nota: No se realizarán validaciones asociadas al Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, revisión técnico-mecánica e infracciones de tránsito.
Solicitud de la Fiscalía General de la Nación:
Si la solicitud está originada por el comiso por parte de la Fiscalía General de la Nación, además de los requisitos generales se deberá presentar:
La presentación del acto administrativo por medio del cual se emite la orden del comiso. En este caso, al tratarse del registro de acto de decomiso y/o adjudicación, no se realizarán validaciones asociadas al Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, revisión técnico-mecánica e infracciones de tránsito.
Adicional sucesión
- Sentencia con constancia de ejecutoria o de la escritura pública con sello de protocolización, en la cual se asignó o se adjudicó el vehículo para realizar el trámite. Adjuntando la imagen del código QR; o certificación expedida por el fabricante, ensamblador o importador del vehículo, donde se registren los guarismos de identificación como el número de motor, serie o chasis o VIN; o improntas, según corresponda.
Adicional vehículo de servicio público y mixto
- Contrato de cesión del derecho de vinculación o afiliación, suscrito por el vendedor y el comprador y la aceptación de la empresa.
Nota: Para el traspaso de vehículos de carga que no registran vinculación o afiliación a una empresa de transporte, no es necesario la presentación del Contrato de cesión.
En aquellos casos de traspaso de vehículos de servicio público que no sea posible presentar el documento de cesión del contrato de vinculación, se aceptará el acto administrativo de desvinculación entregado por la respectiva autoridad de transporte o la desvinculación de común acuerdo.
Adicional vehículo blindado
Se debe presentar la resolución emitida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada autorizando al nuevo propietario el uso de vehículo blindado o la autorización del desmonte del blindaje, debidamente incorporada en el RUNT.
En caso de que se presente la autorización de desmonte de blindaje se debe anexar la certificación de la empresa blindadora registrada ante la Superintendencia de Vigilancia que efectuó el desmonte, debidamente incorporada en el RUNT y realizar el pago según la tarifa del trámite.
Para el traspaso al locatario de un vehículo blindado de propiedad de entidades financieras absorbidas producto de la fusión por absorción, se aceptará la resolución expedida inicialmente por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada a través de la cual se autoriza el uso de vehículo blindado. En este caso, el traspaso deberá realizarse a favor de la persona autorizada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada en la resolución.
Adicional traspaso a compañía de seguros por pérdida o destrucción parcial
Se determina la pérdida parcial o destrucción parcial a través del peritaje de la compañía aseguradora.
Peritaje de la compañía aseguradora que determina la pérdida parcial o destrucción parcial, para este trámite no se valida revisión técnico-mecánica ni SOAT.
Adicional traspaso a una compañía de seguros por hurto del vehículo
Se exceptúa la validación de la existencia de SOAT y revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes vigente para el vehículo objeto de traspaso, así como la presentación de improntas o imagen de ellas, la certificación expedida por el fabricante, ensamblador o importador del vehículo o la imagen del código QR, donde se registren los guarismos de identificación como el número de motor, serie o chasis o VIN.
Traspaso vehículos importación temporal por sustitución del importador
- Declaración de importación modificatoria en el que se actualiza la información del cambio de importador autorizado por la DIAN en el RUNT, anexando las improntas adheridas al reverso (VIN, motor, serie, chasis o número único de identificación según corresponda), certificación expedida por el fabricante, ensamblador o importador del vehículo o la imagen del código QR, donde se registren los guarismos de identificación como el número de motor, serie o chasis o VIN según corresponda.
Maquinaria agrícola, industrial y de construcción autopropulsada
- Contrato de compraventa.
- Documento o declaración de las partes en el que conste la transferencia del derecho del dominio de la maquinaria, celebrado con las exigencias de las normas civiles y/o mercantiles.
- Formato de solicitud de trámite de maquinaria.
- Acreditar el pago de derechos que se causen por el trámite.
Maquinaria agrícola, industrial y de construcción autopropulsada importada temporalmente por sustitución del importador
- Declaración de importación modificatoria incorporada en RUNT, donde se registra el nuevo importador autorizado por la DIAN con improntas* adheridas al reverso (VIN, motor, serie, chasis o número único de identificación según corresponda).
*Para las improntas que son de difícil acceso se recibe certificación expedida por la DIJÍN.
Traspaso unilateral - Leasing
Las entidades financieras puedan realizar de manera unilateral el trámite de traspaso de vehículos adquiridos mediante operaciones de leasing, en las cuales el locatario haya finalizado la obligación de leasing o el contrato que dio origen se encuentre terminado y se haya ejercido la opción de compra o esta se encuentre contemplada de forma automática. Esto siempre y cuando la entidad se encuentre inscrita en el sistema RUNT.
Para tal fin las personas jurídicas deberán aportar:
Copia del contrato de leasing.
La declaración de la compañía arrendadora en la que se manifieste que el contrato de leasing se encuentra terminado o que el locatario ha ejercido la opción de compra.
Nota: Cuando se trate del traspaso unilateral de vehículos de servicio público de pasajeros y mixto que se encuentran bajo una operación de leasing, no se requerirá el paz y salvo de la empresa de transporte, ni la cesión, ni la copia del contrato de vinculación o la carta de aceptación de la empresa que lo vincula.
Traspaso de vehículos enajenados con ocasión del proceso de declaratoria de abandono dispuesto en el artículo 128 de la Ley 769 de 2002 modificado por la Ley 1730 de 2014.
Acto administrativo de adjudicación donde deberá adjuntarse la certificación expedida por el fabricante, ensamblador o importador del vehículo, la imagen del código QR, o las improntas donde se registren los guarismos de identificación como el número de motor, serie, chasis y/o número de identificación vehicular -VIN
Soporte legal
- Circular 20234000000637
- DECRETO 1572 DE 24 DE DICIEMBRE DE 2024
- Decreto 2292 de 2023
- Decreto Ley 019 2012
- Ley 1005 2006
- Ley 769 2002
- RESOLUCIÓN 20233040017145 DE 2023
- Resolución 20243040055435 de 2024
- Resolución 405 2009
- Resolución Compilatoria 20223040045295 de 2022
Glosario
Traspaso:
es un trámite legal que se realiza para transferir la propiedad de un vehículo automotor.
Ensamble:
es el proceso de unir las piezas que conforman el auto para crear el producto final.
Impuesto:
son cantidades de dinero que los ciudadanos están obligados por ley a pagar para que las Administraciones Públicas.
Exoneraciones tributarias:
son exenciones o reducciones en el pago de impuestos, que son otorgadas por el Estado y la Agencia Tributaria para incentivar la inversión social y el desarrollo económico.
SOAT:
es la abreviatura de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, es una póliza que protege a los conductores, pasajeros y peatones involucrados en accidentes de tránsito.
RUES:
es la abreviatura de (Registro Único Empresarial y Social) es una plataforma que almacena la información de los registros públicos de las 57 Cámaras de Comercio de Colombia.
DIJIN:
(Dirección de Investigación Criminal e Interpol) es la entidad de la Policía Nacional de Colombia que se encarga de liderar la investigación criminal.
VIN:
es la abreviatura de Número de Identificación del Vehículo (Vehicle Identification Number). Es un código alfanumérico de 17 caracteres que identifica a cada vehículo y que permite conocer sus registros.
Leasing:
Contrato de arrendamiento financiero mediante el cual una entidad entrega un bien a una persona o empresa para su uso, a cambio de pagos periódicos, con la opción de adquirir el bien al final del contrato.