Renovación de tarjeta de operación
Expedición de una nueva tarjeta de operación, la cual lo habilita por un nuevo periodo de tiempo, para prestar el servicio público de transporte de pasajeros.
Tarifas del trámite
- Vehículos de transporte público: $ 45.500
Condiciones y requisitos
Para la renovación de tarjetas de operación de vehículos de servicio público individual (Taxis), la empresa afiliadora debe formular la solicitud de trámite con mínimo un (1) mes de anticipación al vencimiento de la(s) tarjeta (s) de operación.
Para renovación de tarjetas de operación de vehículos de servicio público colectivo o masivo, la empresa afiliadora debe formular la solicitud de trámite con mínimo dos (2) meses de anticipación al vencimiento de la(s) tarjeta (s) de operación.
El SOAT debe estar vigente en la plataforma del Registro Único Nacional de Tránsito RUNT.
Contar con la constancia de la revisión técnico-mecánica vigente, a excepción de los vehículos último modelo.
Pago del valor del trámite (en el banco autorizado, que se encuentra en los puntos de atención de la Ventanilla o a través de PSE si realizaste el trámite virtual).
Entregar la(s) tarjeta(s) de operación vencida(s) dentro de los 3 días siguientes a la fecha de la respectiva entrega de la(s) nueva (s) tarjeta (s).
Si el vehículo ya cumplió dos (2) años contados desde la fecha de su matrícula, debe tener revisión técnico-mecánica y de gases vigente, expedida por un Centro de Diagnóstico Automotor (CDA) autorizado por el Ministerio de Transporte y registrado en RUNT.
Presentar
Solicitud suscrita por el representante legal de la empresa o persona natural adjuntando la relación de los vehículos, indicando clase, marca, modelo, placa, capacidad y tipo de combustible, para cada uno de ellos. En caso de renovación, duplicado por pérdida o cambio de empresa, se deberá indicar el número de Tarjeta de Operación anterior.
Certificación suscrita por el representante legal de la empresa sobre la existencia de los contratos de vinculación vigentes de los vehículos que no son de la empresa. Cuando se trate de empresa de persona natural, el contrato de vinculación será reemplazado por el certificado expedido por la Cámara de Comercio del lugar, que acredite que el solicitante se encuentra registrado como comerciante.
Fotocopia de la licencia de tránsito del o los vehículos.
Certificación de la compañía de seguros, en la que conste que el o los vehículos están amparados en las pólizas de responsabilidad civil contractual y extracontractual tomadas por la empresa.
Nota: Las empresas de transporte de servicio público tienen la opción de consultar a través de la página web https://www.ventanillamovilidad.com.co/consultas/, el estado actual de las tarjetas de operación de todo el parque automotor que tengan registrado, previo a la programación de renovación de tarjetas de operación.
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- Decreto 0019 2012
- Decreto 1079 2015
- DECRETO 1572 DE 24 DE DICIEMBRE DE 2024
- Decreto 2292 de 2023
- Resolución 405 2009
Glosario
SOAT:
es la abreviatura de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, es una póliza que protege a los conductores, pasajeros y peatones involucrados en accidentes de tránsito.
CDA:
es la abreviatura de Centro de Diagnóstico Automotor, son entes estatales o privados que se dedican a realizar la revisión técnico-mecánica y de emisiones de gases de los vehículos automotores.
Tarjeta de operación:
documento único que autoriza a un vehículo automotor para prestar el servicio público de transporte de pasajeros, bajo la responsabilidad de una empresa de transporte.
PSE:
es la abreviatura de Pagos Seguros en Línea, es un sistema de pagos electrónicos que permite a las personas y empresas realizar compras y pagos en línea de forma segura y rápida.
RUNT:
(Registro Único Nacional de Tránsito) es un sistema de información que registra, válida y centraliza todos los datos relacionados con el sector de tránsito y transporte en el país. Este es operado por el ministerio de transporte.