Rematrícula de un vehículo automotor

Trámite mediante el cual se matricula nuevamente un vehículo recuperado por las autoridades, al cual se le había cancelado la matrícula por haber sido objeto de hurto, pérdida definitiva o desaparición documentada. El vehículo se matricula con la misma placa que se le había asignado en su registro inicial.

Tarifas del trámite

  • Carro: $ 538.900
  • Moto: $ 398.200

Condiciones y requisitos

  1. Estar inscrito en la plataforma del Registro Único Nacional de Tránsito RUNT, como persona natural o jurídica.

  2. Estar a paz y salvo en multas por infracciones a las normas de tránsito.

  3. Poder especial con presentación personal ante una notaría pública, poder general expedido mediante escritura pública o contrato de mandato, otorgado por el propietario donde le confíe a un tercero, la gestión de realizar los trámites a que haya lugar.

  4. El SOAT debe estar vigente en la plataforma del Registro Único Nacional de Tránsito RUNT.

  5. Pago del valor del trámite (en el banco autorizado, que se encuentra en los puntos de atención de la Ventanilla).

  6. En el caso de persona jurídica, se verifica el Certificado de Existencia y Representación Legal en el sistema RUES.

  7. Cuando la rematrícula corresponda a un vehículo de servicio público se validan los requisitos especiales contemplados para la modalidad.

  8. Para el trámite de rematrícula las características que el vehículo poseía antes de la comisión del delito deben ser las mismas que se presentan en el trámite, por tanto, cuando haya lugar a la regrabación o cambio de motor, entre otras situaciones, se debe requerir autorización de la Fiscalía General de la Nación en el que se consigne dicha información.

  9. El vehículo debe estar al día en sus obligaciones tributarias del año en que se genera la rematrícula.

Presentar

  1. Cédula de ciudadanía o contraseña para nacionales mayores de edad. Para menores de edad, tarjeta de identidad o contraseña*. Para extranjeros mayores de edad: cédula de extranjería, pasaporte vigente o pasaporte vigente o Permiso por Protección Temporal - PPT.

  2. Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado.

  3. Orden de entrega definitiva del vehículo expedido por la Fiscalía General de las Nación con improntas adheridas. La imagen del código QR; o certificación expedida por el fabricante, ensamblador o importador del vehículo, o improntas donde se registren los guarismos de identificación como el número de motor, serie o chasis o VIN, según corresponda.

  4. Revisión técnica expedida por la DIJIN donde se constaten las características del vehículo.

Nota: Si el vehículo recuperado ha sufrido cambios que modifican las características iniciales, solo procede la rematrícula hasta tanto el vehículo vuelva o las características que tenía antes de producido el hurto.

*Según la Circular N° 222 del 13 de diciembre de 2016, emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en la actualidad existen tres clases de comprobantes de documento en trámite: La Contraseña, el Comprobante de Documento en Trámite que físicamente expide la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Comprobante de Documento en Trámite con código de verificación QR vía web.

**Para las improntas que son de difícil acceso se recibe certificación expedida por la DIJIN.

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Casos especiales

Cuando la rematrícula corresponda a un vehículo de servicio público se validan los requisitos especiales contemplados para la matrícula inicial, según el caso y descritos en el capítulo II de la Resolución 12379 de 2012.

Cuando la rematrícula corresponda a un vehículo de servicio público se validan los requisitos especiales contemplados para la matrícula inicial, según el caso y descritos en el capítulo II de la Resolución 12379 de 2012.

Adicional vehículo de servicio público
  • Adjuntar los requisitos especiales contemplados para la matrícula inicial de este tipo de vehículos.
Adicional vehículo de servicio público de radio de acción urbano
  • Pago de derechos de capacidad transportadora.
Adicional vehículo camionetas doble cabina y station wagon al servicio público de transporte terrestre automotor especial
  • Certificación de Cumplimiento de Requisitos expedida por el Ministerio de Transporte.

Nota: Si el automotor hurtado indistintamente de que se encuentre o no asegurado, es recuperado después de transcurridos seis (6) meses, contados desde la ocurrencia del hecho habiéndose hecho uso del derecho de reposición, el propietario podrá solicitar para el vehículo recuperado una nueva Licencia de Tránsito previo la presentación de la Certificación de Cumplimiento de Requisitos, pero ese automotor no podrá en ningún caso continuar operando como vehículo de servicio público.

Para el trámite de rematrícula las características que el vehículo poseía antes de la comisión del delito deben ser las mismas que se presentan en el trámite, por tanto, cuando haya lugar a la regrabación o cambio de motor, entre otras situaciones, se debe requerir autorización de la Fiscalía General de la Nación en el que se consigne dicha información.

Adicional vehículo público y particular de carga (con peso bruto vehicular superior a 10.500 kg)
  • Autorización del Ministerio de Transporte registrada en el sistema RUNT.
Rematrícular un vehículo que haya sido hurtado y que tenga lugar a regrabación o cambio de o cambio de motor
  • Autorización de la Fiscalía General de la Nación.
Vehículo clase taxi de servicio individual por reposición

Haber transcurrido más de un (1) año contado a partir de la fecha de cancelación de la licencia de tránsito del vehículo por reponer

En caso de ser vehículo de servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros y mixto

Contar con el certificado de disponibilidad de capacidad transportadora o concepto de ingreso

Carta de solicitud:1 Original(es)

En caso de vehículos camioneta doble cabina o Station Wagon hasta de nueve pasajeros de capacidad para el servicio público de transporte especial que hayan sido objeto de hurto cuyos hechos fueron ocurridos con posterioridad al 1° de junio de 2008

Certificación de cumplimiento de requisitos:1 Original(es)

Anotaciones Adicionales: Si el automotor hurtado indistintamente de que se encuentre o no asegurado, es recuperado después de transcurridos seis (6) meses, contados desde la ocurrencia del hecho, habiéndose hecho uso del derecho de reposición, el propietario podrá solicitar para el vehículo recuperado una nueva Licencia de Tránsito, pero ese automotor no podrá en ningún caso continuar operando como vehículo de servicio público

Soporte legal

Glosario

  • SOAT:

    es la abreviatura de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, es una póliza que protege a los conductores, pasajeros y peatones involucrados en accidentes de tránsito.

  • Certificado de existencia:

    es un documento mediante el cual se prueba la existencia de la entidad y quien ejerce la representación legal de la misma.

  • Importación temporal:

    permite que la mercancía entre, durante un breve período de tiempo, en un país.

  • Rematrícula:

    trámite que se realiza para volver a matricular un vehículo que ha sido recuperado por las autoridades y al que se le había cancelado la matrícula por hurto.

  • Chasis:

    es la estructura interna de un vehículo que sostiene y conecta todas sus partes, como la carrocería, el motor, la transmisión, la suspensión y las ruedas.

  • Trámite:

    es un conjunto de acciones o pasos que deben seguirse para cumplir con una obligación o adquirir un derecho que esté previsto o autorizado por la ley.

  • Contrato de mandato:

    es un contrato mediante el cual una persona confía la gestión de uno o más negocios a otra, quien se hace cargo de ellos por cuenta y riesgo de la primera.

  • Obligaciones tributarias:

    es el vínculo entre el acreedor y el deudor tributario, establecido por ley, que tiene por objeto el cumplimiento de la prestación tributaria, siendo exigible coactivamente.

  • DIJIN:

    (Dirección de Investigación Criminal e Interpol) es la entidad de la Policía Nacional de Colombia que se encarga de liderar la investigación criminal.

  • Código QR:

    (respuesta rápida en español) es un código de barras bidimensional que almacena información y se revisa por medio de la cámara de un dispositivo móvil.

  • RUNT:

    (Registro Único Nacional de Tránsito) es un sistema de información que registra, válida y centraliza todos los datos relacionados con el sector de tránsito y transporte en el país. Este es operado por el ministerio de transporte.

  • RUES:

    es la abreviatura de (Registro Único Empresarial y Social) es una plataforma que almacena la información de los registros públicos de las 57 Cámaras de Comercio de Colombia.

  • VIN:

    es la abreviatura de Número de Identificación del Vehículo (Vehicle Identification Number). Es un código alfanumérico de 17 caracteres que identifica a cada vehículo y que permite conocer sus registros.