Levantamiento de limitación o gravamen a la propiedad de un vehículo automotor
Levantar limitaciones o gravámenes a la propiedad de un vehículo automotor.
Tarifas del trámite
- Carro o moto: $ 174.800
Condiciones y requisitos
- Estar inscrito en la plataforma del Registro Único Nacional de Tránsito RUNT, como persona natural o jurídica. Si el trámite lo realiza un tercero, este también deberá estar inscrito.
Nota: El vehículo debe estar matriculado en Bogotá y registrado en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).
El SOAT debe estar vigente en la plataforma del Registro Único Nacional de Tránsito RUNT.
Estar a paz y salvo en multas por infracciones a las normas de tránsito.
Pago del valor del trámite (en el banco autorizado, que se encuentra en los puntos de atención de la Ventanilla o por medio de PSE).
En el caso de persona jurídica, se verifica el Certificado de Existencia y Representación Legal en el sistema RUES.
Poder especial expedido por documento privado, poder general expedido mediante escritura pública o contrato de mandato, otorgado por el propietario donde le confíe a un tercero, la gestión de realizar los trámites a que haya lugar.
Presentar
- Cédula de ciudadanía o contraseña para nacionales mayores de edad. Para menores de edad, tarjeta de identidad o contraseña*. Para extranjeros mayores de edad: cédula de extranjería, pasaporte vigente o pasaporte vigente o Permiso por Protección Temporal - PPT, el cual se debe encontrar en original. En caso de contar con la cédula digital, la misma es verificada a través del aplicativo de la Registraduría Nacional.
Nota: La contraseña del documento se valida en la página de la Registraduría Nacional. Si el estado del documento está en trámite será aceptado. Pero, si el documento está disponible para ser entregado debe reclamarlo y volver con el documento original." .
Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado.
Documento original donde conste el levantamiento de la limitación o gravamen a la propiedad, con improntas del vehículo adheridas. Si son de difícil acceso se recibe certificación expedida por la DIJIN.
Copia simple de la escritura pública, documento privado o certificado de existencia y representación legal en el que conste la adquisición, constitución o cesión de la calidad de acreedor prendario cuando no sea el mismo que está inscrito. Este documento es solicitado solo para modificación de acreedor. Art. 172 y 178 del Código de Comercio Art. 60 y 65 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
El Organismo de Tránsito confrontará la información registrada en el sistema RUNT, con los datos de la licencia de tránsito y la información reportada en el Registro de Garantías Mobiliarias en el que conste la inscripción, el levantamiento o gravamen de la propiedad procederá a efectuar el registro, según el caso.
Certificación expedida por el fabricante o por el ensamblador del vehículo o por el importador, las improntas o en su defecto imagen de código QR, donde se registren los guarismos de identificación como el número de motor, serie, chasis o VIN según el caso
*Según la Circular N° 222 del 13 de diciembre de 2016, emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en la actualidad existen tres clases de comprobantes de documento en trámite: La Contraseña, el Comprobante de Documento en Trámite que físicamente expide la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Comprobante de Documento en Trámite con código de verificación QR vía web.
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Levantamiento de limitación o gravamen a la propiedad por orden judicial o administrativa
No se realizará validación de SOAT, Revisión Técnico-mecánica, Multas por infracciones de tránsito, Pago de impuestos y, el pago de la tarifa RUNT y los derechos del trámite de traspaso y de levantamiento de limitaciones o gravámenes prendarios cuando el trámite sea realizado por la DIAN, Fiscalía General de la Nación, Sociedad de Activos Especiales o cualquier otra entidad pública, que en ejercicio de sus funciones realice enajenación temprana, extinción de dominio, decomiso, comiso, o cualquier otro acto administrativo a favor de la Nación.
Soporte legal
- Circular 20144010289831 2014
- DECRETO 1572 DE 24 DE DICIEMBRE DE 2024
- Ley 1005 2006
- Ley 769 2002
- MinTransporte-Resolucion-2025-N20253040021045
- RESOLUCIÓN 20233040017145 DE 2023
- Resolución 20243040055435 de 2024
- Resolución Compilatoria 20223040045295 de 2022
Glosario
RGM:
abreviatura de (Registro de Garantías Mobiliarias) es un sistema de archivo que permite a los acreedores registrar los contratos de crédito que han sido garantizados con bienes muebles. Este registro es de acceso público y se realiza de manera virtual.
Código QR:
(respuesta rápida en español) es un código de barras bidimensional que almacena información y se revisa por medio de la cámara de un dispositivo móvil.
RUNT:
(Registro Único Nacional de Tránsito) es un sistema de información que registra, válida y centraliza todos los datos relacionados con el sector de tránsito y transporte en el país. Este es operado por el ministerio de transporte.
PSE:
es la abreviatura de Pagos Seguros en Línea, es un sistema de pagos electrónicos que permite a las personas y empresas realizar compras y pagos en línea de forma segura y rápida.
RUES:
es la abreviatura de (Registro Único Empresarial y Social) es una plataforma que almacena la información de los registros públicos de las 57 Cámaras de Comercio de Colombia.
DIJIN:
(Dirección de Investigación Criminal e Interpol) es la entidad de la Policía Nacional de Colombia que se encarga de liderar la investigación criminal.
VIN:
es la abreviatura de Número de Identificación del Vehículo (Vehicle Identification Number). Es un código alfanumérico de 17 caracteres que identifica a cada vehículo y que permite conocer sus registros.